ASESORIA JURIDICA
Art. 14.-(LEY ORGANICA DE REGIMEN MUNICIPAL)
De la Asesoría Jurídica:
MISION: La Asesoría Jurídica realiza el estudio legal de los problemas de la Municipalidad, hace la revisión o preparación de contratos, proyectos de ordenanzas y de otras normas jurídicas municipales, la emisión de dictámenes legales sobre actos administrativos, el patrocinio judicial de la Municipalidad y la asistencia jurídica a sus dignatarios.
RELACION DE DEPENCIA: Depende de la Alcaldía.
RELACIONES FUNCIONALES: Con el Concejo Municipal, las Comisiones Permanentes y Especiales y los directores de todas las unidades administrativas que conforman la Municipalidad.
FUNCIONES: El Procurador Síndico Municipal, tiene junto con el Alcalde la representación judicial y extra judicial de la Municipalidad. A esta unidad le corresponde las siguientes funciones:
De asesoría: 1. Planificar, organizar, dirigir y controlar las actividades relacionadas con estudios jurídicos, patrocinio legal y contrataciones de la Municipalidad;
2. Participar en la planificación anual institucional, elaborar el plan operativo de la unidad, evaluar su cumplimiento y adoptar las medidas correctivas necesarias;
3. Asesorar al Concejo Municipal, Alcalde y autoridades municipales en asuntos de orden jurídico y legal;
4. Estudiar y emitir dictámenes de carácter jurídico y legal en materia de su competencia, como desmembración de tierras, división de terrenos, pago de impuestos y otros;
5. Analizar y emitir el criterio legal sobre pedidos de hábeas corpus;
6. Verificar el cumplimiento de todos los requisitos legales en los diferentes asuntos a tramitarse;
7. Emitir informes y absolver consultas relacionas con la aplicación de la Ley de Contratación Pública y más disposiciones legales vigentes;
8. Preparar informes legales sobre asuntos solicitados por los concejales;
9. Asesorar en la negociación de contratos colectivos, vistos buenos, destituciones y terminación de contratos;
10. Revisar los documentos habilitantes, previa a la celebración de contratos y convenios, observando el cumplimiento de las disposiciones legales vigentes;
11. Presentar informes para el Alcalde;
12. Revisar los aspectos legales de todo documento que pasa a conocimiento del Concejo Municipal; y,
13. Las demás que le asignare el Alcalde. Elaboración de documentos legales:
14. Elaborar proyectos de ordenanzas, acuerdos, convenios, contratos, actas, reglamentos y demás instrumentos legales o jurídicos que le sean solicitados por el Concejo Municipal y el Alcalde;
15. Actualizar las ordenanzas municipales, sugerir la eliminación de las que no son aplicables o reformarlas, según se requiera; y,
16. Elaborar contratos de personal administrativo, obreros, jornaleros, minutas de venta de terrenos, proyectos de acuerdos para parcelaciones, desmembraciones y propiedad horizontal. Defensa de los intereses institucionales:
17. Intervenir en diligencias y trámites legales, judiciales y extra judiciales que le competan a la Municipalidad;
18. Representar a la Municipalidad por delegación del Concejo o del Alcalde ante organismos internos y externos;
19. Intervenir de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Contratación Pública y su reglamento en los procesos precontractuales y de contratación que realiza la Municipalidad;
20. Tramitar mediante escritura pública todo contrato de venta, permuta, hipoteca o arrendamiento de bienes inmuebles de la Municipalidad; y,
21. Participar y controlar el trámite de los procesos civiles, penales, laborales y administrativos propuestos contra la Municipalidad o que ésta inicie contra terceros.
Otras funciones administrativas:
22. Actuar como Secretario de todas las comisiones del Concejo Municipal;
23. Presentar al Alcalde informes periódicos de labores de la unidad; y,
24. Las demás que le asigne la ley, el presente reglamento y el Alcalde.
Responsable: Procurador Síndico Municipal. |